Asistir telefónicamente no es hacer telemedicina

Protomedicos | Noel Rojas Bonet | diciembre 30, 2008 at 23:49

La Audiencia Provincial de Murcia ha condenado a un médico por una atención telefónica a una embarazada con desprendimiento de placenta. La sentencia aclara que esa asistencia no constituye telemedicina.

En concreto, el caso es el de un ginecólogo que no acudió a explorar a una paciente embarazada, que sufrió un desprendimiento de placenta consecuencia del cual falleció el feto que portaba, e indica que la atención telefónica prestada no puede considerarse telemedicina.

Fuente: Diario Medico

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