UNA SANA SENTENCIA JUDICIAL CONTRA EL FALSO “SAP”
Protomedicos | Jaume Cañellas Galindo | noviembre 16, 2008 at 5:51 
La Sección 6ª de la Audiencia Provincial de Vizcaya, en su Sentencia 256/08, de 27 de marzo de 2008, ha absuelto a una acusada de desobediencia por el incumplimiento del régimen de visitas por la negación del menor a relacionarse con su padre. La madre del menor había sido previamente condenada, por un Juzgado de de primera instancia, a un año de presión e inhabilitación sobre la base del Síndrome de Alienación Parental.
En su sentencia, la Audiencia Provincial, rehúsa la utilización del SAP como argumento para determinar la culpabilidad de la acusada. Un reciente informe al respecto de la Asociación Española de Neuropsiquiatría (AEN), y reproducido en esta web, ha servido de base a la sentencia.
Algunos fragmentos de la sentencia son los siguientes:
No es función de esta resolución el examen de la sentencia emitida por el Juzgado de Familia, pero dado que la valoración de la situación de X en esta jurisdicción y en este procedimiento se sustenta, con fuerza, en la sentencia emitida el veintiséis de octubre de dos mil siete por el Juzgado de Primera Instancia núm. 14 de los de Bilbao (folios 707 a 730) para llegar a la conclusión de que el menor es manipulado por su madre, sí se hace necesario expresar una serie de cuestiones determinantes en relación con tales referencias:
a) El recurso, como se ha dicho, insiste en que es el deseo del menor el no ver a su padre, y frente a ello, las acusaciones y los órganos judiciales (Familia y Penal núm.5) deciden que el menor está afectado por lo que se denomina “síndrome de alienación parental”.
El SAP no ha sido reconocido por ninguna asociación profesional ni científica, habiendo sido rechazada su inclusión en el DSM-IV por la Asociación Americana de Psiquiatría, y en la CIE-10 de la OMS. Estas y otras instituciones que priman los objetivos clínicos y de investigación, basan la inclusión de una nueva entidad diagnóstica en la existencia de sólidas bases empíricas, no cumpliendo el SAP ninguno de los criterios necesarios. Según una declaración de 1996 de la Asociación Americana de Psicología (APA) no existe evidencia científica que avale el SAP. Esta Asociación critica el mal uso que de dicho término se hace en los casos de violencia de género. En su informe titulado la Violencia y la Familia, afirma: “Términos tales como “alienación parental” pueden ser usados para culpar a las mujeres de los miedos o angustias razonables de los niños hacia su padre violento”. La Guía de Evaluación para jueces de los casos de custodia infantil en contextos de violencia doméstica, editada por el Consejo nacional de Juzgados Juveniles y de Familia, creado en EE.UU. en 1937, advierte en su edición de 2006 sobre el descrédito científico de dicho síndrome.
Es sobradamente conocido que quien acuñó el término fue Richard A. Gardner, definiéndolo como un proceso destinado a romper el vínculo de los hijos con uno de los progenitores (casi siempre referido al padre y protagonizado por la madre) y según el citado Gardner es un proceso de alienación que únicamente puede ser combatido por una terapia de desprogramación.
La “popularidad” e invocación que de este denominado síndrome se está realizando en los últimos tiempos, y las (calificadas como) peligrosas consecuencias que está llegando a tener en relación con los procesos de separación y divorcio, llevaron a que en diciembre de dos mil siete un muy numeroso grupo de solventes profesionales de Medicina y Salud Mental suscribieran un manifiesto “ante el fenómeno psicológico-legal del pretendido “síndrome de alienación parental”, en el que, entre otras afirmaciones, se expresa de forma contundente que la “ideología que sustenta el SAP es abiertamente pedófila y sexista”, siendo un instrumento de peligroso fraude pseudo-científico, que está generando situaciones de riesgo para los niños, y está provocando una involución en los derechos humanos de los menores y de sus madres (mujeres)”. En cualquiera de las disertaciones y/o cursos que, sobre la cuestión pueden seguirse, se hace mención a la actitud e ideología de su “creador” o formulador, puesto que es igualmente “popular” que éste escribió cuestiones que se han asociado con esa imputada pedofilia (Gardner, True and false accusations of child sex abuse, 1992, p. 549) y el enfoque de la madre (mujer) como alienadora y que hace invisible al padre. Los riesgos de la asunción de esta teoría y de la práctica de la terapia indicada por su creador y seguidores han sido igualmente advertidos por la Asociación Española de Neuropsiquiatría (“La construcción teórica del Síndrome de Alienación Parental de Gardner (SAP) como base para cambios judiciales de la custodia de menores- Análisis sobre su soporte científico y riesgos de su aplicación”).
Son cada vez más numerosos los profesionales de las psicología y psiquiatría que valoran la formulación del síndrome como un modo más de violencia contra la mujer, y que recuerdan que “La ciencia nos dice que la razón más probable para que un niño rechace a un progenitor es la propia conducta de ese progenitor. Etiquetas como el “SAP” sirven para desviar la atención de estas conductas (Dr. Paul Fink) y olvidan que la ambivalencia o el rechazo hacia un progenitor puede estar relacionada con muchos factores diversos” (Dr. Gaber) que no son del caso ni reseñar ni examinar en esta resolución; sin embargo, su imputación y formulación está sirviendo para culpabilizar a las madres de conductas “anormales” de los hijos.
Ni compartimos la existencia del “denominado” síndrome de alienación parental (ya se ha explicado más arriba, y la literatura científica al respecto es abundante, además de múltiples referencias en informes periciales sólidos) ni que, en este caso concreto, Dª X manipulara a su hijo para que rechazase relacionarse con su padre: Existen unas vivencias y una serie de episodios objetivados que difícilmente se solucionarán con el recurso a la fuerza (folio 202 de las diligencias) como hemos expresado en múltiples ocasiones (en otros procesos de similar efecto) en que se acude a la (ínsita) fuerza del poder judicial para imponer relaciones, sentimientos, afectos.



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Por favor cuanta ignorancia, y los fallos del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo ?, no los leen? no reciben la recopilacion de la jurisprudencia de dicho Triibunal ?, Dicho Tribunal esta inventando?, No tienen capacidad los jueces de dicho tribunal o sera a la inversa?
Por favor, piensen y estudien un poco mas antes de dictar estos fallos aberrantes y de ignorar tanto.
Atentamente.
Alejandro Gualberto Perez Aurensanz
soy hija de padre maltratador, primero fue a por mi madre con maltratos psicologicos luego pasaron a ser fisicos, economicos, luego fue a por nosotros , tambien fueron psicologicos, fisicos, economicos, se burlaba de nosotros, decia que disfrutaba causandonos dolor, se reia. Pero fuera de casa era tan distinto, ni siquiera la familia de mi madre sabia lo que estabamos padeciendo. Hoy tengo ya 40 a. mi madre aguanto hasta hace poco, se ha separado peronunca alego el motivo de la separacion fueran malos tratos, la abogada asi lo aconsejo y nosotros cinco hermanos tuvimos que declarar que tanto mi madre como pi padre eran estupendos con nosotros!!!!!!!. mi pobre madre no ha hecho mas en su vida que encubrirlo y cuando nosotros ya bien adultos nos intentabamos de fender mi madre nos hacia callar: ES VUESTRO PADRE.
Pero no nunca ha sido nuestro padre, ha sido un padre patron, que loo unico que queria de los hijos era que trabajase para él( le entregabamos todo nuestro salario) no nos peremitio estudiar, controlaba nuestras amistades, nos ridiculizaba delante de ellas, presumia de que nos hahbia comprado pisos, coches,,,todo mentira. NO PUEDO NI QUIERO PENSA EN EL SAP; ES TERRORIFICO QUE DESPUES DE LA EXPEIENZA DEL MALTRATO AUN NOS HUBIERAN APARTADO DE NUESTRA MADRE Y NOS HUBIERAN DEJADO A SOLAS CON EL: PEOR QUE NUESTRA MADRE HUBIERA SIDO CONSIDERADA ENCIMA DE LA VIDA TAN CRUAL QUE LE DIO EL; DE MANIPULADORA; POR DIOS QUE BARBARIDADES; QUE BARBARIDADES: NO AL SAP; POR EXPERIENCIA QUE ES LA MEJOR DE LOS MAESTRO; LA EXPERIENCIA; QUE PREGUNTE A LOS MENORES COMO YO QUE YA SOMOS ADULTOS; QUE PENSAMOS Y COMO VEMOS EL SAP…………………………..
por favor necesito ubicar la direccion y el telefono el Abogado ALEJANDRO GUALBERTO PEREZ.
ES URGENTE POR FAVOR, QUIEN SEPA DONDE LO PUEDO UBICAR ENVIARME UN MAIL. MUY AGRADECIDA.